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Liberación del 100% de tu C.T.S. Aspectos a considerar

Actualizado: 26 dic 2023

El día viernes 23 de abril se promulgó la Ley N°31171 en el que se autoriza la disposición a los trabajadores de la Compensación por Tiempo de Servicios depositados en las entidades financieras con la finalidad de cubrir las necesidades económicas causadas por el COVID-19.


Ahora bien, es importante precisar algunos aspectos relevantes de la norma:


P. ¿La disponibilidad de los fondos de la C.T.S. se puede dar en cualquier momento que el trabajador desee?

R. La norma precisa que la disponibilidad es temporal, es decir, tiene fecha de caducidad, y es hasta el 31 de diciembre del 2021.


P. ¿Cuándo puede el trabajador solicitar la disponibilidad de su C.T.S.?

R. La ley indica que el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias necesarias con el fin de establecer los pasos a seguir.


P. ¿El trabajador podrá disponer de todo sus fondos de C.T.S.?

R. La norma indica aquellos fondos que tenga acumulados a la fecha de disposición.


P ¿Qué pasará a aquellos trabajadores que ingresen a laborar a partir del 01 de noviembre del 2021?

R. Para aquellos trabajadores que ingresen a laborar en noviembre del presente año, se entiende que no serán beneficiados con esta norma puesto que el primer depósito que realizará su empleador por dicho beneficio laboral sería en mayo del 2022, fecha fuera de rango que establece la Ley N°31171 (vigente hasta el 31 de diciembre del 2021).


P. ¿Cuándo se establecerá la reglamentación de la ley?

R. El Poder Ejecutivo tendrá como plazo máximo de 10 días calendario para emitir el reglamento.


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